PARTICIPACION DE TODOS LOS VECINOS
Art. 7. Todos los vecinos de Zaragoza podrán ejercer directamente su derecho a la participación en los asuntos públicos, al margen de las periódicas elecciones para renovar los órganos de gobierno municipal, mediante el acceso a las sesiones plenarias, pudiendo participar al término de las mismas y a través de la difusión de acuerdos municipales.
El Ayuntamiento de Zaragoza facilita el servicio de acceso a la información municipal y ciudadana por los servicios tradicionales y los nuevos servicios telemáticos, garantizándose el carácter privado de los datos personales.
Todos los vecinos tienen el derecho a la Iniciativa Ciudadana, a la Audiencia Pública, a la Consulta Popular, a la Encuesta Ciudadana, a requerir el acceso a los servicios de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones y a utilizar los instrumentos de participación previstos en este Reglamento.
El ejercicio de los instrumentos de participación ciudadana que se promuevan por ciudadanos del término municipal que representen un porcentaje de la población residente deberá documentarse mediante las firmas de los interesados formalizadas ante el titular del órgano de apoyo al Secretario de la Junta de Gobierno Local, o ante fedatario autorizado por éste o protocolarizadas notarialmente.
Art. 8. Con el fin de facilitar la participación ciudadana a través de la sociedad civil organizada, el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas es el instrumento básico para las relaciones de la Administración municipal con esas Entidades.
En los términos que se establecen en el Título IV de este Reglamento y atendiendo a la actividad y ámbito de cada entidad, se reconocen a las entidades ciudadanas los siguientes derechos:
- El derecho a recibir las convocatorias de los órganos municipales y las publicaciones editadas por el Ayuntamiento de Zaragoza que sean de su interés.
- El derecho a participar en los órganos del Ayuntamiento de Zaragoza y de su administración territorial y sectorial, en especial en el Consejo de la Ciudad de Zaragoza.
- El derecho a obtener subvenciones y otras colaboraciones municipales para la realización de programas y actividades de calidad que complementen el fin público.
- El derecho a ejercer la Iniciativa Ciudadana y la Audiencia Pública.
- El acceso a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones cuya finalidad es la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal.